Beneficios conyugales a los 62 y cambiar a propios a los 66

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In English | No. Si solicitas los beneficios antes de alcanzar la edad plena de jubilación (que actualmente es de 66) y tu excónyuge está vivo, siempre cobrarás beneficios en base a tu


propio historial primero. Si reúnes los requisitos para un pago más alto en función del historial de tu excónyuge, recibirás una combinación de beneficios igual a la cantidad más alta.


Solicitar más temprano reducirá permanentemente ambos beneficios. Sin embargo, si naciste antes del 2 de enero de 1954 y demoras la solicitud de tus beneficios hasta que alcances la edad


plena de jubilación, puedes usar esta estrategia de cambiar de un beneficio a otro. Cuando cumplas la edad plena de jubilación, puedes presentar una "solicitud restringida" para


recibir beneficios como excónyuge y aplazar la solicitud de tus beneficios jubilatorios. De esta manera, puedes acumular créditos por jubilación aplazada, que aumentan tus beneficios en un


8% por cada año que demores tu solicitud, hasta los 70 años. Si naciste después del 1.º de enero de 1954, tienes que solicitar tus propios beneficios primero, incluso si ya alcanzaste la


edad plena de jubilación. RECUERDA QUE * Lo mencionado anteriormente aplica si tu excónyuge todavía está vivo. Si tu excónyuge falleció y eres apto para recibir beneficios para


sobrevivientes basados en su historial, puedes solicitarlos —desde los 60 años, en la mayoría de los casos— y hacer el cambio a tus propios beneficios más tarde. TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR *


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