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P: Tomé la distribución mínima requerida (RMD) del 2020 en enero, antes del cambio de la ley que permite suspender las RMD del 2020. ¿Puedo devolver esos fondos y eliminar el impuesto? Sí,
puedes. Pero debes hacerlo antes del 31 de agosto. PREGÚNTALE A ED SLOTT ¿Estás confundido acerca de las cuentas IRA, 401(k), Roth, los impuestos u otros temas relacionados con los ahorros
para la jubilación? Ed tiene las respuestas. Envía tus preguntas por correo electrónico a [email protected]. La respuesta a esa pregunta era distinta a principios de año, pero el IRS ha
dictado nuevas medidas de alivio sobre las RMD no deseadas (Aviso del IRS 2020-51, publicado el 23 de junio). La Ley CARES (Ley de ayuda, alivio y seguridad económica contra el coronavirus)
suspendió las distribuciones mínimas requeridas correspondientes al 2020. Pero esa ley entró en vigor el 27 de marzo, y para ese entonces algunas personas ya habían retirado la distribución
mínima requerida, que está sujeta al impuesto correspondiente. Cuando la ley suspendió las RMD del 2020, algunas de esas personas protestaron porque ya habían retirado los fondos. En abril,
el IRS dispuso un alivio limitado y permitió que algunas personas devolvieran los fondos de la distribución mínima requerida que no deseaban, es decir, que los transfirieran a una cuenta IRA
o 401(k) para eliminar el cobro de esos impuestos. Lamentablemente, el alivio no cubría a quienes habían retirado la distribución en enero. La medida de alivio anterior tampoco servía para
quienes ya habían efectuado una transferencia de IRA a IRA en los últimos 12 meses, debido a la regla de única transferencia anual a las cuentas IRA. Según esa regla, solo puedes hacer una
transferencia de IRA a IRA o de Roth IRA a Roth IRA cada 365 días. Por ejemplo, si retiraste RMD mensuales (como hace mucha gente) en enero, febrero y marzo, podías devolver solo uno de esos
retiros. Para los otros no estabas de suerte, debido a esa regla de una sola transferencia anual a las cuentas IRA. Además, la medida de abril estableció una fecha límite del 15 de julio
para devolver los fondos no deseados de la distribución mínima requerida. Ahora que nos estamos aproximando a esa fecha, el IRS respondió a muchos de estos asuntos con un alivio generalizado
sin precedentes. Y deberían recibir grandes felicitaciones por ello: esta agencia está trabajando con personal reducido y tiene entre manos muchas otras disposiciones de alivio relacionadas
con la COVID-19. Esta es la buena noticia: _cualquiera_ que haya retirado una distribución mínima requerida en el 2020 puede devolverla sin cuestionamiento alguno —tal como cuando devuelves
algo a la tienda— si lo hace antes del 31 de agosto.