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Martes, 9 de mayo 2023, 17:57 Comenta Compartir «¿Problemas de salud en un viaje de fin de estudios organizado por un centro escolar? ¿Una caída o una lesión en un entrenamiento en el patio
del instituto?» La Seguridad Social pone respuesta a estas situaciones con el Seguro Escolar Obligatorio que gestiona la institución y que protege a los estudiantes en estos casos. En
concreto, está destinado para los alumnos menores de 28 años, que cursen estudios oficiales desde 3º de la ESO y hasta el final del tercer ciclo universitario. Para los estudiantes
comprendidos en estos requisitos, la cuota del seguro es obligatoria y se realiza junto con el pago de la matrícula de cada curso escolar a partir de 3º. Quienes deban abonarla no tienen que
realizar ningún trámite añadido, sino que son los propios centros docentes los que envían las cuotas cobradas a los estudiantes a la Seguridad Social. El importe es en todos los casos de
2,24 euros, de los cuales el estudiante aporta 1,12 euros en su matrícula y el resto corresponden al Ministerio de Educación. Este seguro cubre los riesgos derivados de accidentes escolares,
ya sea en el centro o en alguna de las visitas que los centros programan fuera del mismo (con asistencia médica y farmacéutica, indemnizaciones económicas por incapacidad y gastos de
sepelio), enfermedad que sufra el estudiante durante el año académico (asistencia médica, asistencia farmacéutica y gastos de sepelio) e infortunio familiar (cubre situaciones sobrevenidas
en el hogar del estudiante que le impiden continuar los estudios, como puede ser la muerte de la madre o el padre, así como la ruina o quiebra familiar). De las posibles prestaciones se
puede beneficiar el estudiante que tenga menos de 28 años, con residencia legal en España, que esté matriculado en los estudios comprendidos en el seguro (tercero y cuarto de ESO,
Bachillerato, grado medio, superior y especial de FP y grado medio, superior y doctorado en la Universidad) y que haya acreditado al menos un año de cuota. La excepción a este último
requisito se contempla si se trata de accidente escolar, infortunio familiar y tocología o el año anterior han cursado 2º de ESO, educación especial o continúan sus estudios en el
extranjero. Los beneficiarios de las prestaciones serán los familiares en las indeminzaciones por fallecimiento por accidente o enfermedad. Comenta Reporta un error