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Martes, 27 de mayo 2025, 18:02 Comenta Compartir El juzgado de lo Mercantil Número 1 de Granada ha permitido la exoneración de 878.000 euros de deuda a un granadino, que se ha podido acoger
a la Ley de la Segunda Oportunidad. En un auto, en poder de este medio, el tribunal concede la petición del vecino, que hizo la solicitud en marzo de 2024. La Ley de Segunda Oportunidad,
regulada en el texto refundido de la Ley Concursal, es un proceso administrativo que permite a personas físicas y autónomos cancelar deudas imposibles de afrontar que se han quedado sin
pagar con el fin de que dejen atrás una situación económica complicada. La condonación de algunos tipos de deudas quedan excluidas, por ejemplo las contraídas con la administración pública o
las hipotecas. Los deudores deben considerarse además de buena fe –sin que se hayan endeudado de forma temeraria o tengan antecedentes penales y sanciones administrativas graves–. En
Granada, se ha logrado la condonación de hasta diez millones de euros. La mala situación finaciera de este vecino se remonta a la constitución de una sociedad empresarial familiar, en la que
fueron incluidos varios familiares, entre ellos el protagonista de la situación, quien, tras cumplir los requisitos que marca la ley, ha logrado el perdón de todo pago pendiente. La crisis
de 2008 y consiguiente quiebra de la residencia que regentaban sus progenitores, expuso la situación económica de este vecino. «La quiebra de la empresa de mis padres supuso un cambio en mi
vida. Cuando tenía planes de formar una familia, todo se vino abajo y las limitaciones afectaron a mi día a dia», relata el afectado en un comunicado remitido por el despacho de abogados. En
cuanto llegaron las reclamaciones y amenazas de embargar, buscó amparo en los abogados de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento. Tras ser asesorada decidió declararse insolvente y
tramitar el comúnmente denominado proceso de la «Ley de la Segunda Oportunidad». Solo con iniciar el procedimiento obtuvo un beneficio inmediato: suspender intereses de demora y evitar el
inicio de un embargo en su nómina. «La mejora anímica del interesado es casi inminente, generando una sensación de alivio enorme en la deudora» , detalla Pepe Domínguez, letrado de la
Asociación. Poniendo en conocimiento del Juzgado de Granada la situación completa de la deudora: no tiene ni ingresos ni bienes para poder pagar la deuda y son unos préstamos que no ha
generado ella misma; hizo que tuviera el derecho al 100% del perdón de sus deudas. Esta solicitud se hizo ante el correspondiente magistrado aportando la ausencia de delitos penales y las
tres últimas declaraciones de la renta. El resultado esperado, es decir, la exoneración del pago de los créditos fue concedido por el Juzgado de lo Mercantil N.º1 de Granada el día 5 de mayo
de 2025. Esta resolución ha supuesto dejar a esta deudora libre de pagar 877.898,8 euros. Desde entonces, los acreedores de los asociados -entre ellos Caixabank o Link Finanzas- no podrán
reclamar ningún pago más a la ya ex-deudora ni incluirla en ficheros de morosos. «Este auto también permite a una persona que admite su equivocación, comenzar de 0. De otra forma jamás
hubiera podido levantar cabeza y se tendría que agarrar a la economía sumergida para poder vivir, impidiendo invertir o generar mayor riqueza.» Comenta Reporta un error