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Cuando alguien quiere emprender y comenzar una actividad económica como autónomo debe tener en cuenta una serie de cuestiones. El sector al que se dedicará, los gastos que tendrá respecto a
sus posibles ingresos, un proyecto y estrategia planificados. Además, muchos profesionales, también se informan sobre aquellos gastos que podrán deducir, pues resultarán claves en las
cuentas del negocio.
En lo relativo al IRPF podrán deducirse gastos en los que se pueda demostrar que tienen correlación con los ingresos. Para ello debe acreditarse que los mencionados gastos se han debido al
ejercicio de la actividad que realiza el autónomo y que estén relacionados con la obtención de ingresos.
El IRPF también se podrá deducir de los gastos de suministros de la vivienda (agua, electricidad, teléfono, internet, etc.) cuando el trabajador por cuenta propia realice su actividad en
ella. Para ello se aplicará, por norma general, el 30% a la proporción existente entre los metros cuadrados destinados a la actividad respecto a su superficie total.
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