Escrivá reducirá los tramos de las bases de cotización de las empleadas de hogar para minimizar las horas en negro

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"De acuerdo, estás contratada. Vas a trabajar cinco horas al día en casa, pero te contrataré por cuatro y la otra te la pagaré en mano". Esta situación es frecuente en miles de


hogares españoles: los empleadores hacen un contrato a sus empleadas de hogar, pero les abonan en negro parte de su sueldo para poder rebajar así la cotización que ellos han de pagar a la


Seguridad Social. PUBLICIDAD Para revertir esta tendencia, el Ministerio de Seguridad Social ha reducido los tramos de cotización por los que se rige el sistema especial para las empleadas


de hogar. Con la nueva normativa que da derecho al desempleo a este colectivo, los tramos han pasado de diez a ocho, complicando así a los empleadores el salto de uno a otro. "Así


buscamos evitar que caigan en la tentación de contratarlas por el tramo inferior al correspondiente a la retribución que tienen", explican fuentes del Ministerio de Escrivá. Por poner


un ejemplo, por una empleada de hogar contratada por seis horas al día, cinco días a la semana, su sueldo obligatoriamente debe ser como mínimo de 938,4 euros al mes (ya que el salario


mínimo de estas empleadas es de 7,82 euros por hora en 2022), por lo que su base de cotización es de 976 euros al mes y su empleador hoy tiene que abonar 245 euros al mes en concepto de


cotización. Pero si la contrata por cinco horas al día, pasa al tramo anterior y la base de cotización cae hasta los 827 euros mensuales, con una cuota a ingresar de 207 euros al mes. La


diferencia es de casi 40 euros mensuales entre contratarla por cinco horas al día en lugar de seis. Lo mismo sucede con otros ejemplos: contratando a una trabajadora del hogar tres horas al


día en lugar de cinco, la diferencia para el empleador es de 75 euros al mes. Por ahora, lo que se ha tocado ha sido la distancia entre el primer y el segundo tramo, siendo algo menor la


distancia entre uno y otro, y se han eliminado los dos últimos que existían hasta ahora. Con el nuevo esquema, a partir de los 1.166 euros al mes de retribución la base de cotización


coincide con ese salario. Para el Ministerio, son cambios que ayudarán a que quienes tienen a empleadas de hogar en la economía sumergida las contraten, porque es algo más barato que con el


anterior esquema. Y, a la vez, conseguirá "desanimar" a quienes tenían a las empleadas a tiempo completo a pagarles horas extra en negro, puesto que se han rebajado las bases de


cotización. NUEVOS TRAMOS QUE RIGEN LAS BASES DE COTIZACIÓN DE LAS EMPLEADAS DE HOGAR (A PARTIR DE 2023) Por ejemplo, con el sistema antiguo una empleada de hogar contratada por dos horas al


día -le correspondería por tanto un sueldo mínimo de 312 euros al mes- tenía una base de cotización de 379 euros al mes. Sin embargo, con el nuevo es de 357 euros al mes, y eso que ahora


también cotizan por desempleo, un coste que antes no existía. Algo parecido sucede al final de la tabla. Las bases mensuales de cotización vigentes hasta ahora establecen que quienes ganaban


entre 1.166,71 euros al mes y 1.273, tenían una base de cotización de 1.220 euros al mes; que quienes percibían entre 1.273 y 1.439 euros al mes tenían una base de cotización de 1.370 euros


al mes, y que a partir de los 1.439 la base de cotización es la misma que el sueldo mensual. ANTIGUOS TRAMOS QUE RIGEN LAS BASES DE COTIZACIÓN DE LAS EMPLEADAS DE HOGAR Así, los empleadores


que contraten a trabajadoras por un sueldo a partir de los 1.166 ahora pagarán directamente en base a esa retribución, sin tramos. En el resto de tramos intermedios, las bases de cotización


bajan. Por ejemplo, en el tercer tramo, de 418 a 568 euros mensuales de sueldo, ahora la base de cotización es de 493 euros al mes y no de 528; entre los 568 y los 718 ahora es de 643 en


lugar de de 677, y así sucesivamente. Hay que recordar que este nuevo sistema entrará en vigor en 2023, aunque ellas empiecen a cotizar por su prestación de desempleo este octubre. Además,


la norma está sujeta a trámite parlamentario, lo que podría variar de alguna otra manera el sistema que ahora mismo está publicado en el BOE. PUBLICIDAD