Sepa cuáles son los tres días no laborables para 2025 y los nuevos feriados largos que declaró el gobierno

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El Gobierno, a través de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), ha declarado los días no laborables para este 2025 y se aplicarán obligatoriamente al sector público y también los


feriados largos. De acuerdo con el decreto supremo promulgado, las tres nuevas fechas libres son las siguientes: El viernes 2 de mayo de 2025 SUSCRÍBETE Recibe información especializada


todas las semanas. SUSCRÍBETE Viernes 26 de diciembre de 2025 Viernes 2 de enero de 2026 Con estos nuevos días se completan los feriados del calendario nacional oficial, tras los


cuestionamientos a las muchas fechas de descanso que había. Estas medidas responden a la política nacional de promocionar los atractivos turísticos del país. Dentro de estas se promueve


desde hace más de una década, para el sector público, el establecimiento de días no laborables sujetos a compensación o recuperación de horas no trabajadas. Estos días, sumados a los


feriados ordinarios, permiten crear fines de semana largos que propician viajes o la práctica del turismo interno, refiere la norma. DÍAS NO LABORABLES Y FERIADOS LARGOS Con las tres nuevas


fechas (solo dos se disfrutarán este año) se  han establecido tres fines de semana largos. Tal como se aprecia, los feriados base son los del 1 de mayo (Día del Trabajo), 25 de diciembre


(Navidad) y 1 de enero (Año Nuevo), los cuales caen jueves. Un feriado largo por el Día del Trabajo: del jueves 1 al domingo 4 de mayo Feriado largo por Navidad: del jueves 25 al domingo 28


de diciembre Feriado largo por Año Nuevo: del jueves 1 al 4 domingo de enero de 2026 Sector empresarial preocupado con tanto feriado Como se informó, hubo un debate público sobre los


feriados en Perú, y la preocupación del sector empresarial por las numerosas fechas libres y cómo afectan la productividad laboral. Por ello, el Gobierno para este año 2025, sin contar el


día no laborable que se aprobó para 2026, junto a Año Nuevo, hay solo dos días no laborables aprobados, lo que resulta en cinco fechas menos que las que el Gobierno aprobó en 2024.


CALENDARIO OFICIAL DE FERIADOS Con los días no laborables y fines de semana largo confirmados para este 2025, el calendario de días libres queda: Con un feriado miércoles 1 de enero: Año


Nuevo Feriado jueves 17 de abril: Jueves Santo Feriado viernes 18 de abril: Viernes Santo Feriados jueves 1 de mayo: Día del Trabajo Día no laborable viernes 2 de mayo y feriado largo hasta


el domingo 4 de mayo Feriado sábado 7 de junio: Batalla de Arica y Día de la Bandera Feriado domingo 29 de junio: Día de San Pedro y San Pablo Feriado miércoles 23 de julio: Día de la Fuerza


Aérea del Perú Feriado lunes 28 de julio: Fiestas Patrias Feriado martes 29 de julio: Fiestas Patrias Feriado miércoles 6 de agosto: Batalla de Junín Feriado sábado 30 de agosto: Santa Rosa


de Lima Feriado miércoles 8 de octubre: Combate de Angamos Feriado sábado 1 de noviembre: Día de Todos los Santos Feriado lunes 8 de diciembre: Inmaculada Concepción Feriado martes 9 de


diciembre: Batalla de Ayacucho Feriado jueves 25 de diciembre: Navidad Día no laborable viernes 26 de diciembre y feriado largo hasta el domingo 28 de diciembre AÑO 2026 Según el calendario


planteado, así queda el primer fin de semana largo del 2026: Feriado jueves 1 de enero de 2026: Año Nuevo Día no laborable viernes 2 de enero de 2026 y feriado largo hasta el domingo 4 de


enero de 2026. Luego, habrá fin de semana largo. SE RECUPERARÁN EN EL SECTOR PÚBLICO ¿Y EN EL PRIVADO? Para el sector público, las horas dejadas de laborar durante los días no laborables


establecidos se compensan en los diez (10) días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función de las necesidades de la entidad. En


tanto, en el sector privado, “los centros de trabajo pueden acogerse a lo dispuesto en el presente Decreto Supremo, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deben


establecer la forma como se hace efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar”. De no llegar a un acuerdo, decide el empleador”, refiere la norma. SÍGUENOS TAMBIÉN EN NUESTRAS


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