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UNA GARANTÍA CREDITICIA ES UN MECANISMO DE TRANSFERENCIA DE RIESGO QUE PERMITE A LOS PRESTAMISTAS MITIGAR EL RIESGO DE CONTRAPARTE EN LAS OPERACIONES CREDITICIAS. Cuando una entidad
financiera presta dinero, se expone al riesgo de no recuperar en tiempo y forma el dinero prestado más los intereses asociados al préstamo. Por esta razón existen las garantías crediticias.
Estas se establecen mediante un contrato en el que el prestamista aporta una garantía de pago adicional a su buena fe y su compromiso tanto verbal como escrito de reembolsar su deuda. Con lo
cual, una garantía crediticia en palabras más simples, no es más que un seguro contra impago. TIPOS DE GARANTÍAS CREDITICIAS Existen dos grandes grupos de garantías crediticias. Estas son
las garantías personales y las garantías reales. * GARANTÍAS PERSONALES: En este tipo de garantía existe una tercera o terceras personas que se comprometen de forma solidaria a pagar la
deuda contraída en el caso de que la persona o sociedad que contrae la deuda no pueda pagarla. Esa tercera o terceras personas funciona como aval y se comprometen a hacerse cargo de la
deuda en caso de impago se cual sea el importe de esta. * GARANTÍAS REALES: En el caso de las garantías existe un bien material de por medio que sirve para respaldar la deuda en caso de
impago. El ejemplo más comúnmente conocido es la hipoteca. En este caso, el inmueble que funciona de garantía ha de estar a nombre de la persona o sociedad que ha contraído la deuda. La
prenda es otro ejemplo de garantía real. En este caso la garantía puede recaer sobre maquinaria, existencias, mobiliario, vehículos o cualquier objeto que tenga un valor en el mercado.
Además de los anteriores también pueden funcionar como garantía crediticia activos financieros como depósitos, imposiciones a plazo fijo, acciones, bonos, contratos de servicios y derechos
de concesiones entre otros. OTROS EJEMPLOS DE GARANTÍA DE CREDITICIAS PERSONALES Y REALES Además de las anteriormente mencionadas existen otros ejemplos como: GARANTÍAS PERSONALES * Fianza *
Carta de fianza * Póliza de crédito y caución GARANTÍAS REALES * Sobre bienes inmuebles además de la hipoteca existe la anticresis. * Sobre bienes muebles existe: * Con desplazamiento y
entrega física: * Crédito pignoraticio * Prenda mercantil o comercial * Prenda sobre títulos valores, entre los cuales tenemos las operaciones de reporte, la titulización de deuda y los
stock warrants entre otros. * Certificados de depósitos. * Sin desplazamiento o entrega jurídica. * Hipoteca naval o hipoteca área. * Prenda mercantil, agraria, industrial o minera * Sobre
patrimonios * Factoring * Fideicomiso de garantía * Sobre cuentas por cobrar, inventarios de materia prima o inventarios de productos terminados * Arras