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Lunes, 1 de febrero 2021, 23:46 Comenta Compartir Con la llegada del teletrabajo se pusieron en riesgo ciertos derechos del empleado, según denunciaron desde el primer día en el que se
popularizó el modelo en España. El secretario de acción sindical de Comisiones Obreras en Málaga, Juan Antonio Perles, recuerda que «el teletrabajador debe tener los mismos derechos que el
que va a la oficina». Asegura Perles que en Málaga se han detectado algunos casos de vulneración de derechos, aunque las denuncias aún «son pocas», ya sea porque el empleado considera que le
sale a cuenta o porque cree que no es el momento de presentar una queja. Perles cree que el mayor foco de problemas está en la pequeña empresa, con plantillas no sindicadas. «En estos casos
es doblemente necesario que se celebren elecciones sindicales para garantizar los derechos de los trabajadores». Perles pone como hoja de ruta la nueva ley del trabajo a distancia, que vio
la luz el pasado mes de septiembre. Este marco normativo es claro sobre uno de los puntos «más críticos» en los que la modalidad a distancia puede generar problemas: el pago de la conexión y
los costes derivados del trabajo desde casa. «La ley dice que es la empresa la que debe asumirlos, al igual que los equipos necesarios para cumplir con las funciones asignadas en la
empresa». LA NUEVA LEY ESTABLECE QUE EL TELETRABAJO DEBE SER REVERSIBLE Y VOLUNTARIO Esta regulación es considerada de las más completas de Europa y cubre un vacío legal que existía en
España, ya que hasta ahora solo había una mera mención a esta modalidad laboral en el Estatuto de los Trabajadores, y establece cuáles son los derechos y deberes de los trabajadores y las
empresas, aunque muchos asuntos, como los gastos indirectos que ocasiona, se dejan en manos de la negociación colectiva. En este último punto se crea otro posible foco de controversia, según
Perles, ya que la mayoría de los convenios colectivos no se han actualizado. En cualquier caso, la nueva ley del teletrabajo establece que este será «voluntario y reversible para ambas
partes», tanto para el empleador como para el trabajador. Además, la norma recoge explícitamente que negarse a trabajar a distancia, pedir que se revierta el teletrabajo o la falta de
adaptación «no serán causas justificativas» de despido ni de la modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Además, la persona que desarrolla trabajo a distancia podrá
flexibilizar el horario de prestación de servicios establecido, aunque respetando los tiempos de disponibilidad obligatoria y la normativa sobre tiempo de trabajo y descanso. Comenta Reporta
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