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Apartir de hoy, los lugares cerrados de trabajo y acceso público serán considerados sitios libres de humo. Con la publicación en el Boletín Oficial de la flamante ley nacional de control de
tabaco, promulgada el lunes, los fumadores tendrán que abstenerse de consumir cigarrillos en oficinas, centros de enseñanza, hospitales, medios de transporte, terminales de trenes y micros,
museos y bibliotecas y espacios culturales y deportivos (incluidos aquellos donde se realicen eventos masivos). Dentro de 180 días, cuando el Poder Ejecutivo reglamente la norma, las
restricciones serán todavía más. Las tabacaleras tendrán totalmente prohibida cualquier forma de publicidad de sus productos y no podrán promocionar ni auspiciar eventos públicos. Se trata
de un punto clave de la norma, muy demandado, durante el debate parlamentario, por las organizaciones civiles que luchan contra el hábito de fumar. Un año después, además, los paquetes de
cigarrillos deberán incluir en su reverso –en el 50% de la superficie del paquete– advertencias sanitarias con imágenes alusivas a los daños que ocasiona fumar. El Ministerio de Salud de la
Nación y las autoridades sanitarias de cada provincia serán los organismos encargados de fiscalizar el cumplimiento de la ley. Se harán inspecciones y habrá multas por incumplimiento.
Además, la ley prohibe la venta de cigarrillos sueltos y a menores.