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Básicamente, los créditos del Seguro Social son unidades contables que adquieres cuando trabajas y pagas los impuestos del Seguro Social. A veces llamados "cuartos de cobertura",
los créditos son un componente fundamental de la operación del Seguro Social. Debes acumular una cierta cantidad de créditos para tener derecho a recibir beneficios jubilatorios, beneficios
para sobrevivientes para tus familiares después de tu muerte o el SSDI (Seguro por Incapacidad del Seguro Social) si quedas incapacitado para trabajar. En el 2024, adquieres un crédito por
cada $1,730 que ganas en salarios o como trabajador independiente. Al ganar $6,920 recibes cuatro créditos, que es el máximo que puedes obtener en un año. Las cantidades se ajustan
anualmente según las tendencias nacionales de salarios. Nadie necesita más de 40 créditos para tener derecho a un beneficio del Seguro Social, pero la cantidad necesaria para cada beneficio
varía. * BENEFICIOS JUBILATORIOS: las reglas aquí no varían: necesitas 40 créditos (para la mayoría de las personas, diez años de trabajo) para poder recibir beneficios jubilatorios. *
BENEFICIOS PARA SOBREVIVIENTES: cuanto más joven es el trabajador al momento de morir, menos créditos necesita tener para que los familiares sobrevivientes (normalmente, el cónyuge o los
hijos menores) puedan recibir beneficios. En algunos casos, el Seguro Social puede pagar beneficios a la familia de un trabajador que ha acumulado tan solo seis créditos en los tres años
anteriores a su muerte. * BENEFICIOS POR DISCAPACIDAD: el derecho a este tipo de beneficios depende de la edad del trabajador cuando se produce la discapacidad. Las personas menores de 24
años al momento de la discapacidad pueden tener derecho a recibir SSDI con tan solo seis créditos en los tres años anteriores. A partir de los 31 años, por lo general se necesitan al menos
20 créditos de los 10 años anteriores al momento en que ocurre la discapacidad. Las reglas se explican en detalle en la publicación del Seguro Social titulada "Cómo usted acumula
créditos". TEN EN CUENTA QUE * Acumular más de 40 créditos durante tu vida laboral no afecta la cantidad del beneficio que recibes. Los créditos se usan solamente para determinar el
derecho a recibir beneficios. * No necesitas acumular 40 créditos consecutivos para poder recibir beneficios jubilatorios. Si dejas de trabajar, los créditos que has acumulado permanecen en
tu cuenta, y cuando vuelves a trabajar comienzan a acumularse nuevamente. * No se requieren créditos para recibir beneficios de cónyuge. Puedes tener derecho a recibir beneficios basados en
el historial de ganancias de tu esposo o esposa incluso si tú no has trabajado nunca.