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Adam Voorhes ¿No estás familiarizado con los beneficios del Seguro Social? Aprende lo básico sobre cómo funciona el sistema. In English | P: NO ESTOY FAMILIARIZADO CON EL SEGURO SOCIAL Y
TENGO ALGUNAS PREGUNTAS SOBRE EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA. ¿EN QUÉ MOMENTO DEL MES RECIBIRÉ MI PAGO DEL SEGURO SOCIAL? R: El Seguro Social utiliza un sistema basado en las fechas de
nacimiento para decidir cuándo pagar los beneficios jubilatorios. Si naciste entre el 1.° y el 10 del mes, el Seguro Social pagará tus beneficios el segundo miércoles del mes. Si, en cambio,
naciste del 11 al 20, el pago será el tercer miércoles del mes. Y si naciste del 21 al 31, te pagarán el cuarto miércoles del mes. La gente que recién se está incorporando al Seguro Social
también debería saber que los beneficios jubilatorios se pagan al mes siguiente de haber sido devengados. Si te tornas elegible para recibir tu primer beneficio para el mes de octubre, el
Seguro Social pagará tu beneficio de octubre en noviembre. Para ver cuándo se pagarán los beneficios, remítete al sitio web del Seguro Social y busca “fechas de pago”. P: ¿QUÉ PASA SI EL
SEGURO SOCIAL ME PAGA DEMASIADO Y LUEGO QUIERE RECUPERAR ESE DINERO? R: Si el Seguro Social comete un error y te paga más de lo que te corresponde, existen varias maneras en que tú y la
agencia pueden solucionar el inconveniente. Puedes devolver el dinero por correo, mediante un cheque, un giro postal o con tarjeta de crédito. El pago puede enviarse por correo a Social
Security Administration, P.O. Box 3430, Philadelphia, Pa. 19122-2992. También puedes pagar personalmente en una oficina del Seguro Social. Pero no hagas tus propios cálculos. Si no recibiste
una notificación del Seguro Social indicando un sobrepago, llama para asegurarte de que tanto tú como la agencia estén de acuerdo en la cantidad a devolver y cómo será reembolsado. Si
tienes preguntas respecto de sobrepagos, llama al 800-772-1213 (TTY 800-325-0778). Deberías estar al tanto de que el Seguro Social también puede recuperar el dinero reteniendo tu pago
mensual hasta totalizar el importe del sobrepago. Si bien el Seguro Social trabaja duro para cobrar los sobrepagos, también puede ser flexible. El sitio web de la agencia dice: “si devolver
el dinero le implicara privaciones, podríamos aceptar un plan de pago en cuotas u ofrecerle un acuerdo”. P: ¿PUEDEN MIS ACREEDORES EMBARGAR MIS BENEFICIOS DEL SEGURO SOCIAL? R: Depende de
quién sea tu acreedor. En general, los bancos y las compañías emisoras de tarjetas de crédito no podrán tocar tus beneficios del Seguro Social. Pero si le debes dinero al Gobierno federal
—especialmente por impuestos impagos o deudas de préstamos estudiantiles— un porcentaje de tus beneficios del Seguro Social podría ser retenido. Los agentes federales pueden recurrir a tus
beneficios para hacer cumplir las órdenes judiciales con respecto a la manutención de hijos y cónyuges. P: SI RECIBO UNA INDEMNIZACIÓN POR UNA LESIÓN RELACIONADA CON EL TRABAJO, ¿AFECTARÁN
ESOS PAGOS MIS BENEFICIOS POR DISCAPACIDAD DEL SEGURO SOCIAL? R: Tal vez. La respuesta dependerá de tu situación particular. Por lo general, tu beneficio por discapacidad del Seguro Social
solo sufrirá reducciones si la suma de tus beneficios indemnizatorios, por discapacidad del Seguro Social, y de otros programas totaliza más del 80% del ingreso promedio que tenías antes de
sufrir la discapacidad. Es un cálculo complicado que hará el Seguro Social. Puedes encontrar una explicación más completa en la hoja informativa: “Cómo la compensación a trabajadores por
accidentes en el trabajo y otros pagos de beneficios por discapacidad podrían afectar sus beneficios”. Stan Hinden_, excolumnista de The Washington Post_,_ escribió_ How to Retire Happy: The
12 Most Important Decisions You Must Make Before You Retire (Cómo jubilarte feliz: Las doce decisiones más importantes que debes tomar antes de jubilarte). TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR: *
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