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Alberto Flores Granada Miércoles, 15 de marzo 2023, 09:47 Comenta Compartir Aunque los pagos a través de tarjeta de crédito, débito y mediante dispositivos móviles se han disparado durante
los últimos años, el dinero en efectivo continúa siendo la opción favorita de los españoles. Así lo aclara un estudio sobre hábitos en el uso de efectivo publicado por el Banco de España. De
hecho, el informe revela que tres de cada cinco personas utilizan metálico para sus pagos a diario. Uno de los motivos tiene que ver con que los gastos son más fáciles de controlar de este
modo. Y es que, son muchos los que no se dan cuenta del dinero que realmente están gastando si simplemente pasan una tarjeta por encima de un lector para pagar la compra. Uno de los lugares
donde se paga con efectivo con mayor frecuencia es el supermercado. Sin embargo, aunque mucha gente lo desconoce, la cantidad de dinero físico que se puede utilizar en estas tiendas está
limitada. Algo que se debe al control contra el fraude fiscal. Un límite, eso sí, que es bastante elevado en la mayoría de establecimientos. LÍMITES DE LOS PRINCIPALES SUPERMERCADOS En el
caso de Mercadona, Carrafour y Lidl, las tres principales cadenas de supermercados en España, la cantidad de dinero que admiten para pagos en efectivo es la misma: un máximo de 999,99 euros.
Un límite exactamente igual al del resto de establecimientos del sector como Alcampo, Dia o Eroski. «Por Ley, no podemos aceptar pagos en efectivo de más de 999,99 euros. Si el importe de
tu compra es superior, puedes pagar hasta esa cantidad en efectivo y el resto de la compra con tarjeta», detallan a sus clientes en la página web de Mercadona, que también informa de que el
pago con monedas está limitado a un total de 50, aunque sean de diferente valor. Este límite queda recogido en el artículo 7 de la Ley 11/2021, de 9 de julio, de Medidas de prevención contra
el fraude fiscal. En él se dice lo siguiente: «No podrán pagarse en efectivo las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional,
con un importe igual o superior a 1.000 euros o su contravalor en moneda extranjera». Comenta Reporta un error